domingo, 13 de julio de 2025

Liberación de Interferencias de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao (IV) - El Contrato de Alianza Colaborativa

El Contrato de Alianza Colaborativa, Los Miembros de la Alianza, Documentos Marco y Grupo Central

Los contratos colaborativos en construcción representan una alternativa a los contratos tradicionales, buscando una mayor eficiencia, transparencia y colaboración entre todas las partes involucradas en el proyecto. En el caso de la Liberación de Interferencias de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao, habiendo sido exonerados por Ley de la aplicación del Régimen General de Contratación Pública (TUO de la Ley 30225 y su Reglamento); estos contratos de alianza formaron parte de la estructura contractual, orientada a la colaboración entre distintas entidades, no solo SEDAPAL y los Contratistas, sino que también involucraban el relacionamiento con las autoridades locales, provinciales y ministerios como MEF y MTC, así como proveedores y diversos stakeholders; teniendo en cuenta que las intervenciones que se desarrollaron fueron en las principales vías de transporte terrestre que unen Lima con el Callao, desde la Av. Elmer Faucett a la Av. Néstor Gambeta, considerando además a todas las avenidas que cortan este tramo.

Tiene especial relevancia reseñar las complejidades presentadas en las obras que se ejecutaron frente al Aeropuerto Jorge Chávez, no solo por la naturaleza de las actividades aeroportuarias, sino por los diversos operadores logísticos que se encuentran en la zona; todo esto fue posible trabajando bajo un marco normativo contractual común. En este sentido, el Acuerdo Marco de la Alianza estableció un modelo colaborativo estructurado para la ejecución del Programa Marco, en el que participan varios Miembros de la Alianza bajo principios de confianza, equidad y corresponsabilidad. Este marco reguló las funciones, responsabilidades, cronogramas, incentivos, relaciones con la cadena de suministro, gestión de riesgos y deber de cuidado.

Se establecieron normas claras para la toma de decisiones, la gestión de la documentación, la resolución de discrepancias y la responsabilidad individual. Además, se buscó prevenir conflictos mediante la comunicación anticipada de problemas (Alerta Temprana) y se estableció mecanismos formales para la gobernanza (Grupo Central). Que, si bien es cierto, su implementación puede presentar desafíos, los beneficios potenciales en términos de costos, plazos y calidad son significativos. 

Dentro de su naturaleza y propósito, el Contrato de Alianza Colaborativa al formar parte de una normativa contractual que regula las relaciones, funciones, responsabilidades y procesos entre los Miembros de una Alianza, en un marco colaborativo, permitió que los Miembros de la Alianza estén obligados a ejecutar las actividades previstas en el Acuerdo Marco, a menos que se pacte lo contrario. Las actividades debían desarrollarse dentro de los plazos establecidos en el Cronograma. Teniendo como objetivo principal generar Valor mejorado conforme a los Objetivos del Programa Marco. Se estableció un marco de trabajo planificado, con plazos concretos y acciones dirigidas al logro de objetivos comunes.

En este sentido, se favoreció la colaboración con proveedores y contratistas externos, la infraestructura que se debía liberar perteneces a una red denominada Red Primaria, principalmente formada por tuberías de conducción de agua y desagüe de gran diámetro; este aspecto también es relevante para la eficiencia del Programa, ya que incluso, existen insumos que se tienen que fabricar a medida. Se buscó construir relaciones complementarias con la Cadena de Suministro. La finalidad fue que estas relaciones estén alineadas con los objetivos del Programa Marco del Proyecto.

Dentro de las actividades específicas que se regularon se incluyeron:

·     Establecer bases para el intercambio de información entre Miembros sobre sus contratos actuales y futuros.

·      Comparar y evaluar el valor aportado por los proveedores actuales y propuestos.

·      Identificar oportunidades para contratos más consistentes, duraderos y de mayor escala.

·    Ejecutar renegociaciones conjuntas o procesos conjuntos de adquisición, con respaldo y coordinación del Administrador de la Alianza.

·    Formalizar nuevos contratos con la Cadena de Suministro, previa aprobación de SEDAPAL.

Todo este sistema buscó optimizar los recursos y obtener sinergias en la relación con proveedores, generando mejores condiciones contractuales.

En cuanto a los cambios y la Gestión de Riesgos, cuando los cambios eran relevantes en el Programa Marco se acordaron por todos los Miembros de la Alianza, mediante Actas de Acuerdo del Grupo Central, salvo disposición contraria en los Documentos Marco. Con esto se buscaba garantiza control colectivo y transparencia contractual.

En este sentido, se reconocía explícitamente la existencia de riesgos inherentes al programa. Se estableció un enfoque conjunto e individual de gestión, con: Registro de Riesgos, acciones concretas dentro de plazos definidos, actualizaciones por parte del Administrador, con validación del Grupo Central. Se creó un sistema de identificación, control y seguimiento de riesgos estructurado y dinámico. Finalmente, se estableció el deber de cuidado, por el cual los Miembros de la Alianza debían actuar con destreza razonable y cuidado apropiado en sus funciones y cumplir con las obligaciones descritas en las cláusulas específicas. Se busco equilibrar la responsabilidad compartida y los límites contractuales, y permitió flexibilidad en la extensión del deber de cuidado.

Los Documentos Marco eran vinculantes para todos, excepto si modifican roles o responsabilidades sin consentimiento. Se entiende que las obligaciones específicas como precios o propuestas solo vinculan a las partes involucradas (Cliente, Administrador y Miembro). Estos documentos fueron coherentes entre sí y se estableció una jerarquía en caso de discrepancias: Términos Contractuales > Documentos Marco. Cada miembro fue responsable de los errores y omisiones en los documentos que debía preparar, excepto si se basó explícitamente en información de otros.

El Grupo Central se constituyó como un órgano decisorio compuesto por miembros designados en el Acuerdo Marco de Alianza, teniendo entre sus principales funciones: revisión, implementación y coordinación del Contrato Marco. Aquí las decisiones se toman por consenso, se reguló la convocatoria y agenda de las reuniones.

Teniendo en cuanta que todos los hitos, fechas límite y métodos se definen en el Acuerdo Marco, se impuso un deber de notificación proactiva cuando un miembro detecta amenazas o problemas que puedan afectar al programa, mediante las Alertas Tempranas. Se debía proponer soluciones y el Administrador debía convocar reuniones para abordar estos problemas o amenazas, adoptándose los acuerdos necesarios para afrontarlos.

Desde el punto de vista jurídico y contractual, este Marco de Alianza formo parte de una clara estructura normativa, en la que cada miembro conoce y acepta sus responsabilidades y límites. Se refuerza la seguridad jurídica con reglas sobre prioridad documental, se promovió la prevención de conflictos mediante alertas y mecanismos rápidos de reacción y se evitaron que haya obligaciones implícitas frente a terceros, lo cual es un mecanismo de limitación de responsabilidad.

Finalmente, en cuanto al equipo o grupo humano que participo en el proyecto se debe tener en cuenta que el acuerdo Marco preveía la posibilidad de contar con un Asesor Independiente (opcional), en este caso, se instauro un mecanismo interno por el cual el Especialista Legal (Abogado Administrador de Contratos) que se encargaba de asesorar al Administrador de la Alianza, al Grupo Central y los Administradores del Contratos (Supervisores de las Obras); también participaba en la sustentación ante la Entidad, mediante los órganos internos de las Gerencia de Asuntos Legales y Regulación, así como la Gerencia de Proyectos y Obras de SEDAPAL, quienes participaban en la aprobación de los acuerdos del Grupo Central que se traducían en modificaciones contractuales; asimismo, de los acuerdos para realizar las modificaciones a los Lineamientos de Contratación (Que reemplazaban a la Ley y Reglamento del Régimen General para regular aspectos no previstos en los contratos), los mismos que fueron modificados en seis oportunidades, a fin de adecuarlos a las demandas y necesidades del Proyecto de Liberación de Interferencias y las de la Concesión de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao.

Mediante esta fórmula se reemplazó al Asesor Independiente, haciendo que la información y tramite interno sea más fluido ya que el conocimiento y experiencia profesional contribuyeron a socializar mejor los conceptos en las Gerencias involucradas en las aprobaciones a los cambios, que debía otorgar SEDAPAL. Cada Miembro debía contratar personal capacitado y calificado esto introducía una responsabilidad directa sobre los equipos humanos, asegurando que todos los involucrados contribuyan positivamente al cumplimiento del Acuerdo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario