El Contrato
de Alianza Colaborativa, Los Miembros de la Alianza, Documentos Marco y Grupo
Central
Los
contratos colaborativos en construcción representan una alternativa a los
contratos tradicionales, buscando una mayor eficiencia, transparencia y
colaboración entre todas las partes involucradas en el proyecto. En el
caso de la Liberación de Interferencias de la Línea 2 del Metro de Lima y
Callao, habiendo sido exonerados por Ley de la aplicación del Régimen General
de Contratación Pública (TUO de la Ley 30225 y su Reglamento); estos contratos
de alianza formaron parte de la estructura contractual, orientada a la
colaboración entre distintas entidades, no solo SEDAPAL y los Contratistas, sino
que también involucraban el relacionamiento con las autoridades locales,
provinciales y ministerios como MEF y MTC, así como proveedores y diversos stakeholders;
teniendo en cuenta que las intervenciones que se desarrollaron fueron en las
principales vías de transporte terrestre que unen Lima con el Callao, desde la
Av. Elmer Faucett a la Av. Néstor Gambeta, considerando además a todas las avenidas
que cortan este tramo.
Tiene
especial relevancia reseñar las complejidades presentadas en las obras que se
ejecutaron frente al Aeropuerto Jorge Chávez, no solo por la naturaleza de las
actividades aeroportuarias, sino por los diversos operadores logísticos que se
encuentran en la zona; todo esto fue posible trabajando bajo un marco normativo
contractual común. En este sentido, el Acuerdo Marco de la Alianza
estableció un modelo colaborativo estructurado para la ejecución del Programa
Marco, en el que participan varios Miembros de la Alianza bajo
principios de confianza, equidad y corresponsabilidad. Este marco reguló las funciones,
responsabilidades, cronogramas, incentivos, relaciones con la cadena de
suministro, gestión de riesgos y deber de cuidado.
Se
establecieron normas claras para la toma de decisiones, la gestión de la
documentación, la resolución de discrepancias y la responsabilidad individual.
Además, se buscó prevenir conflictos mediante la comunicación anticipada de
problemas (Alerta Temprana) y se estableció mecanismos formales para la
gobernanza (Grupo Central). Que, si bien es cierto, su implementación
puede presentar desafíos, los beneficios potenciales en términos de costos,
plazos y calidad son significativos.
Dentro
de su naturaleza y propósito, el Contrato de Alianza Colaborativa al formar
parte de una normativa contractual que regula las relaciones, funciones,
responsabilidades y procesos entre los Miembros de una Alianza, en un marco
colaborativo, permitió que los Miembros de la Alianza estén obligados a
ejecutar las actividades previstas en el Acuerdo Marco, a menos que se
pacte lo contrario. Las actividades debían desarrollarse dentro de los
plazos establecidos en el Cronograma. Teniendo como objetivo principal generar
Valor mejorado conforme a los Objetivos del Programa Marco. Se estableció
un marco de trabajo planificado, con plazos concretos y acciones dirigidas al
logro de objetivos comunes.
En
este sentido, se favoreció la colaboración con proveedores y contratistas
externos, la infraestructura que se debía liberar perteneces a una red denominada
Red Primaria, principalmente formada por tuberías de conducción de agua
y desagüe de gran diámetro; este aspecto también es relevante para la
eficiencia del Programa, ya que incluso, existen insumos que se tienen que
fabricar a medida. Se buscó construir relaciones complementarias con la Cadena
de Suministro. La finalidad fue que estas relaciones estén alineadas con
los objetivos del Programa Marco del Proyecto.
Dentro de las actividades
específicas que se regularon se incluyeron:
· Establecer
bases para el intercambio de información entre Miembros sobre sus contratos
actuales y futuros.
· Comparar
y evaluar el valor aportado por los proveedores actuales y propuestos.
· Identificar
oportunidades para contratos más consistentes, duraderos y de mayor escala.
· Ejecutar
renegociaciones conjuntas o procesos conjuntos de adquisición, con respaldo y
coordinación del Administrador de la Alianza.
· Formalizar
nuevos contratos con la Cadena de Suministro, previa aprobación de SEDAPAL.
Todo este
sistema buscó optimizar los recursos y obtener sinergias en la relación con
proveedores, generando mejores condiciones contractuales.
En
cuanto a los cambios y la Gestión de Riesgos, cuando los cambios eran
relevantes en el Programa Marco se acordaron por todos los Miembros de la
Alianza, mediante Actas de Acuerdo del Grupo Central, salvo
disposición contraria en los Documentos Marco. Con esto se buscaba garantiza control
colectivo y transparencia contractual.
En
este sentido, se reconocía explícitamente la existencia de riesgos
inherentes al programa. Se estableció un enfoque conjunto e individual de
gestión, con: Registro de Riesgos, acciones concretas dentro de plazos
definidos, actualizaciones por parte del Administrador, con validación del Grupo
Central. Se creó un sistema de identificación, control y seguimiento de
riesgos estructurado y dinámico. Finalmente, se estableció el deber de cuidado,
por el cual los Miembros de la Alianza debían actuar con destreza razonable y
cuidado apropiado en sus funciones y cumplir con las obligaciones descritas en
las cláusulas específicas. Se busco equilibrar la responsabilidad compartida y los
límites contractuales, y permitió flexibilidad en la extensión del deber de
cuidado.
Los
Documentos Marco eran vinculantes para todos, excepto si
modifican roles o responsabilidades sin consentimiento. Se entiende que las
obligaciones específicas como precios o propuestas solo vinculan a las partes
involucradas (Cliente, Administrador y Miembro). Estos documentos fueron coherentes
entre sí y se estableció una jerarquía en caso de discrepancias: Términos
Contractuales > Documentos Marco. Cada miembro fue responsable de los
errores y omisiones en los documentos que debía preparar, excepto si se basó
explícitamente en información de otros.
El
Grupo Central se constituyó como un órgano decisorio compuesto
por miembros designados en el Acuerdo Marco de Alianza, teniendo entre sus principales
funciones: revisión, implementación y coordinación del Contrato Marco. Aquí las
decisiones se toman por consenso, se reguló la convocatoria y agenda de las
reuniones.
Teniendo
en cuanta que todos los hitos, fechas límite y métodos se definen en el Acuerdo
Marco, se impuso un deber de notificación proactiva cuando un miembro detecta
amenazas o problemas que puedan afectar al programa, mediante las Alertas
Tempranas. Se debía proponer soluciones y el Administrador debía convocar
reuniones para abordar estos problemas o amenazas, adoptándose los acuerdos necesarios
para afrontarlos.
Desde
el punto de vista jurídico y contractual, este Marco de Alianza formo parte de una
clara estructura normativa, en la que cada miembro conoce y acepta sus responsabilidades
y límites. Se refuerza la seguridad jurídica con reglas sobre prioridad
documental, se promovió la prevención de conflictos mediante alertas y
mecanismos rápidos de reacción y se evitaron que haya obligaciones implícitas
frente a terceros, lo cual es un mecanismo de limitación de responsabilidad.
Finalmente,
en cuanto al equipo o grupo humano que participo en el proyecto se debe tener en
cuenta que el acuerdo Marco preveía la posibilidad de contar con un Asesor
Independiente (opcional), en este caso, se instauro un mecanismo interno por el
cual el Especialista Legal (Abogado Administrador de Contratos) que se
encargaba de asesorar al Administrador de la Alianza, al Grupo Central y los
Administradores del Contratos (Supervisores de las Obras); también participaba
en la sustentación ante la Entidad, mediante los órganos internos de las
Gerencia de Asuntos Legales y Regulación, así como la Gerencia de Proyectos y
Obras de SEDAPAL, quienes participaban en la aprobación de los acuerdos del
Grupo Central que se traducían en modificaciones contractuales; asimismo, de
los acuerdos para realizar las modificaciones a los Lineamientos de
Contratación (Que reemplazaban a la Ley y Reglamento del Régimen General para
regular aspectos no previstos en los contratos), los mismos que fueron
modificados en seis oportunidades, a fin de adecuarlos a las demandas y
necesidades del Proyecto de Liberación de Interferencias y las de la Concesión
de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao.
Mediante esta fórmula se reemplazó al Asesor Independiente, haciendo que la información y tramite interno sea más fluido ya que el conocimiento y experiencia profesional contribuyeron a socializar mejor los conceptos en las Gerencias involucradas en las aprobaciones a los cambios, que debía otorgar SEDAPAL. Cada Miembro debía contratar personal capacitado y calificado esto introducía una responsabilidad directa sobre los equipos humanos, asegurando que todos los involucrados contribuyan positivamente al cumplimiento del Acuerdo.