domingo, 29 de junio de 2025

Liberación de Interferencias de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao – Ramal 4 Av. Faucett - Av. Gambeta – La experiencia del Convenio ATU - SEDAPAL (II)

Principales características de los Proyectos de Infraestructura Vial y la Gestión de Riesgos, lo que hace necesario adoptar un modelo de Contrato adecuado al tipo de Proyecto.

La liberación de interferencias en proyectos de infraestructura vial representa múltiples retos, cada uno con características únicas que los diferencian de forma significativa. Un ejemplo ilustrativo es el Metropolitano, ejecutado entre 2005 y 2010 por el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima (actualmente transferido a la ATU). Este sistema de corredores segregados para buses de alta capacidad atraviesa la ciudad con 56 estaciones (12 de ellas inoperativas), desde el terminal Chimpu Ocllo en Carabayllo hasta el terminal Matellini en Chorrillos. Salvo la Estación Central en el Paseo de los Héroes Navales, se trata de una infraestructura superficial, por lo que las interferencias fueron mínimas.

Otro caso fue el de la Línea 1 del Metro de Lima, finalizada el 12 de mayo de 2014, con una extensión de 34,6 km y 26 estaciones. Esta línea también se desarrolla principalmente en superficie y viaducto elevado. Aunque aparentemente no presentó interferencias directas, se identificaron riesgos relacionados con la proximidad de las obras a infraestructuras sanitarias preexistentes, lo que podría haber afectado la estabilidad del suelo, generando daños estructurales, lo que por ejemplo, podemos observar cuando edificaciones cercanas sufren fallos en sus cimientos, provocados por las excavaciones realizadas para la construcción de grandes edificios. En este sentido, cabe precisar que no toda interferencia consiste en el cruce o superposición de una infraestructura sobre la otra, podría producirse también como consecuencia del trabajo desarrollado en un área próxima, tal que afecte la estabilidad del suelo, generando riesgos de fallas futuras.

 

Frente a estos antecedentes, el Proyecto de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao presenta una complejidad mayor al tratarse de una obra completamente subterránea, con la vía y estaciones construidas bajo las principales arterias de Lima. En este contexto, resulta inevitable encontrar interferencias con redes sanitarias, eléctricas, de gas, telecomunicaciones, entre otras, por lo que el proceso de liberación de interferencias se vuelve crítico.

 

En respuesta a este desafío, la empresa consultora AGAMA, liderada por Alejandra Ulfee y contratada por SEDAPAL, desarrolló herramientas de gestión para la liberación de interferencias. Dado que SEDAPAL no contaba con experiencia previa en este tipo de proyectos, se adoptaron buenas prácticas implementadas durante los Juegos Panamericanos Lima 2019. Una de las estrategias fue la precalificación de postores, filtrando a los candidatos en función de requisitos técnicos específicos, basados en criterios como costo, tiempo y calidad, así como estructura organizativa, experiencia en BIM, gestión de riesgos, enfoque metodológico (PMBOK, VDC), y aspectos relacionados con SSOMA y planificación del programa.

 

Además, se incluyó una etapa de “Preguntas y Respuestas”, que permitió al contratista aclarar dudas sobre su alcance de trabajo, disminuyendo la posibilidad que surjan disputas en la etapa de ejecución de las obras. Este mecanismo, canalizado mediante las Juntas de Resolución de Disputas (JRD) que siendo una adaptación peruana del "Dispute Adjudication Board" (DAB), en español, se traduce como "Junta de Resolución de Disputas" o "Junta de Adjudicación de Disputas". Es un panel independiente de expertos establecido para ayudar a resolver disputas que surgen durante la ejecución de un contrato, especialmente en proyectos de construcción, fue clave para evitar paralizaciones y minimizar impactos en los plazos del proyecto.

 

En cuanto a la gestión de riesgos, se realizó un trabajo conjunto entre la consultora y el equipo de SEDAPAL, identificando riesgos propios del contratista, de SEDAPAL y de la ATU–MTC. Estos fueron gestionados a través del Grupo Central bajo un enfoque de Alianza Colaborativa, que otorgó facultades para la toma rápida de decisiones ante contingencias, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos del proyecto.

 

Cabe destacar que, en proyectos de gran envergadura como este, la gestión de riesgos no solo abarca aspectos técnicos u operativos, sino también riesgos organizacionales asociados a decisiones estratégicas, liderazgo, amenazas externas o deficiencias en la gestión interna. Las consecuencias pueden incluir pérdidas financieras, sanciones legales o daño reputacional.

 

Por ello, resultaba fundamental adoptar un enfoque proactivo que incluya el establecimiento de un marco sólido de gestión de riesgos, implementación de controles eficaces, supervisión rigurosa del proyecto, inversión en formación del personal directivo y el asesoramiento externo especializado. Este enfoque fortalece la estabilidad, resiliencia y sostenibilidad del proyecto, garantizando mejores resultados a largo plazo.

En el ámbito de la construcción de grandes obras de infraestructura, la adopción de contratos estandarizados de alcance internacional se ha convertido en una práctica habitual, en muchos países con sistemas jurídicos codificados. Esta situación ha motivado la utilización creciente de los contratos elaborados por la Federación Internacional de Ingenieros Consultores (FIDIC), reconocida por desarrollar modelos contractuales ajustados a las complejidades del sector y a las exigencias propias de cada jurisdicción.

Debemos entender que los modelos FIDIC han sido diseñados para ofrecer un marco jurídico equilibrado, transparente y adaptable (esta característica ha sido importante en la experiencia del Convenio ATU – SEDAPAL), lo que ha facilitado su implementación tanto en el ámbito de la contratación pública como privada. Entre los criterios más relevantes para su elección destaca la asignación y distribución de riesgos vinculados al diseño y la construcción, aspecto que resulta clave para la estructuración financiera de los proyectos, en el presente caso, resultaba atractivo al tratarse de un proyecto derivado de una asociaciones público-privadas, como la es la Línea 2 del Metro de Lima y Callao.

Asimismo, la aplicación de modalidades contractuales como EPC (Engineering, Procurement and Construction), o de esquemas integrados que combinan diseño, ingeniería y construcción, ha permitido establecer con mayor seguridad jurídica los alcances de las obligaciones asumidas por los contratistas. En nuestra experiencia, estos principios fueron tomados como base para el desarrollo de un marco contractual propio, el cual fue aplicado en el Proyecto de Liberación de Interferencias, recogiendo elementos del modelo FIDIC-EPC y combinándolos con características del contrato FAC-1, generando así un modelo Ad Hoc. Esta propuesta fue elaborada por la empresa consultora AGAMA, liderada por la consultora Alejandra Ulfee, responsable del diseño de las herramientas de gestión utilizadas en el marco del convenio entre la ATU y SEDAPAL, alternativa de solución que consideramos fue exitosa.

Desde nuestra experiencia en la administración del contrato del Proyecto de Liberación de Interferencias de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao, entendemos que uno de los factores determinantes en la elección de un modelo contractual FIDIC es la definición y distribución del riesgo, particularmente en lo que respecta al diseño y la construcción. Esta distribución adquiere una relevancia fundamental para la ejecución efectiva del proyecto, especialmente en aquellos desarrollados bajo la modalidad EPC o contratos integrados de diseño, ingeniería y construcción.


sábado, 28 de junio de 2025

Liberación de Interferencias de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao - Convenio ATU - SEDAPAL (I)

 Liberación de Interferencias de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao – Ramal 4 Av. Faucett - Av. Gambeta – La experiencia del Convenio ATU - SEDAPAL (I)

Esta es una aproximación a la primera experiencia de éxito en la ejecución de obras de liberación de interferencia para el desarrollo de infraestructura vial en el Perú, ejecutada bajo un formato Ad Hoc, que recogía lo mejor de los Contratos EPC-FIDIC + FAC1, demostrando que es necesario evaluar la pertinencia de apartarnos en casos específicos de los modelos estándar puros para desarrollar modelos a medida, que permitan atender las particularidades de los grandes proyectos que se vienen desarrollando en el país, y cuyas características singulares nos enfrenta a retos que no necesariamente pueden ser resueltos por los modelos estándar, en todo caso, queda abierto el debate para discutir la pertinencia de las adecuaciones que se realizaron en esta experiencia y que consideramos contribuyeron al logro de las metas que perseguía la Línea 2 del Metro de Lima y Callao en el tramo del Ramal 4 Av. Faucett – Av. Gambeta en el Callao.

En el marco de la normativo para el desarrollo de infraestructura mediante APP y el PNIC en el Perú, se reguló el desarrollo de proyectos de inversión de infraestructura mediante Asociaciones Público Privadas (APP) y su articulación con el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC), instrumento clave en la estrategia nacional para cerrar brechas de infraestructura en el Perú.

En este contexto, con fecha 26.11.2019, se suscribió el Convenio de colaboración interinstitucional entre SEDAPAL y la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao para la liberación de interferencias de redes de saneamiento que interfiere con la ejecución del Proyecto Línea 2, Ramal 4 Av. Faucett – Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao.




Este convenio contaba con el siguiente Marco Legal e Institucional:

Decreto Legislativo N.º 1362 (23.07.2018) que establece el marco institucional para los proyectos bajo APP y Proyectos en Activos. Dicho dispositivo establecía en su Novena Disposición Complementaria Final, otorga al MEF la responsabilidad de proponer periódicamente el Plan Nacional de Infraestructura, basándose en los informes multianuales de los sectores y en la sostenibilidad fiscal.

Decreto Supremo N.º 240-2018-EF (30.10.2018) (Reglamento del D.L. 1362) que precisa que el Plan Nacional de Infraestructura es un instrumento que organiza, prioriza y articula la planificación de inversiones públicas, definiendo objetivos, acciones y prioridades para Ministerios, Gobiernos Regionales y Locales.

Decreto Supremo N.º 345-2018-EF (31.12.2018) Aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad (PNCP), cuyo Objetivo Prioritario N.º 1 es dotar al país de infraestructura económica y social de calidad mediante una planificación eficiente y un enfoque territorial resiliente.

Decreto Supremo N.º 238-2019-EF (28.07.2019) Aprueba el PNIC como insumo para una agenda de desarrollo transparente y consensuada que permita cerrar brechas críticas en infraestructura.

Decreto de Urgencia N.º 018-2019 (28.11.2019) Establece medidas extraordinarias para la promoción de la inversión mediante la implementación adecuada de los proyectos priorizados en el PNIC. Aplica a todas las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local.

Decreto de Urgencia N.º 003-2020 (08.01.2020) Regula disposiciones extraordinarias para la adquisición y liberación de terrenos necesarios para la ejecución de proyectos priorizados en el PNIC y el Plan de Reconstrucción con Cambios.

Resolución Ministerial N.º 045-2020-VIVIENDA (20.02.2020) Aprueba disposiciones sobre los procedimientos de contratación de obras y servicios en el marco del DU 018-2019, siendo obligatorias para entidades como SEDAPAL.

Con fecha 25.08.2020 se suscribió la Adenda 2 al Convenio, mediante la cual se detallan los puntos de intervención para la reubicación de las redes de saneamiento a fin de no interferir con la construcción de las estaciones y pozos de ventilación correspondientes al Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta.

Mediante Resolución de Gerencia General Nº 294-2020-GG del 07.10.2020, se aprobaron los Lineamientos de Evaluación y Contratación para la Liberación de Catorce (14) Interferencias de Redes de Agua Potable y Alcantarillado con la Línea 2 Ramal 4, entre la Av. Faucett y la Av. Gambetta, de la Red Básica del Metro de Lima y Callao.

El marco normativo analizado constituye una arquitectura legal e institucional robusta para promover la inversión en infraestructura mediante APP, alineando la planificación nacional con los objetivos de competitividad. El PNIC se presenta como una herramienta esencial para garantizar la eficiencia del gasto público, la articulación multigubernamental y la mejora de la calidad de vida en el país, sumado a la adaptación de los modelos estándar a las necesidades especificas de un proyecto, como lo hemos mencionado, pueden contribuir al logro de los objetivos institucionales, dentro de los plazos y costos programados.

 

lunes, 7 de octubre de 2019

Recursos Humanos en la Administración Pública

Estimados comparto un enfoque del recurso humano que se necesita en el Estado, para que sea eficiente en el logro de las metas y objetivos institucionales.

viernes, 4 de octubre de 2019

GESTIÓN PÚBLICA I - CLASE INTRODUCTORIA I


Clase introductoria a la Diplomatura de Gestión Pública, en la que se explica la razón de ser del Estado, la de los servidores y funcionarios públicos, es decir, que estamos al servicio del ciudadano. A propósito de las nuevas gestiones que se inician, para que no olvidemos cual es la razón de ser de los diversos niveles de gobierno y la administración pública.